LA NECESIDAD DE LA IDENTIFICACIÓN Y LA AUTENTIFICACIÓN EN LA IDENTIDAD DIGITAL

Hoy en día los ciudadanos se han visto empoderados por la nueva legislación sobre protección de datos personales en el control de los mismos, pero no obsta a que en el momento presente haya una gran incertidumbre sobre qué datos poseen las empresas sobre cada persona, y a quien le hemos cedido los datos, para que uso o tratamiento se van a utilizar. Se hace necesario saber cómo usan las empresas dichos datos, y consiguientemente con ello, se hace cada vez más imprescindible acceder al conocimiento de los datos, y la capacidad de poseer el debido control y el poder de decidir sobre dichos datos personales.
La seguridad jurídica derivada del indicado empoderamiento, tiene como contrapartida la búsqueda de un concepto seguro y estable de la identidad “identidad digital” de la persona, a la cual se le considera como tal, lo que habitualmente somos para otros en la Red o, mejor dicho, lo que la Red dice que nosotros somos a los demás, y para los demás.
Y se puede definir, como “la gestión de la identidad digital se define como la habilidad de gestionar con éxito la propia visibilidad, reputación y privacidad en la red”, debiéndose tener presente que la misma se puede configurar de muchas maneras y una misma persona puede tener diferentes identidades utilizando herramientas diversas o tener sólo una .
Debemos tener presente, que la misma se va conformando con el desarrollo de la propia vida, así como con la participación que cada uno tiene de manera directa o indirecta, bien sea presente o de carácter diferida en un momento ulterior, en las diferentes comunidades y servicios que conforman hoy en día, Internet y las redes sociales.
Lo que conocemos como identidad está compuesta de muy diversos factores, tanto jurídicos como fisiológicos, genéticos, históricos, psicológicos e incluso hasta espirituales o religiosos, pero todos estos elementos nos individualizan y nos identifican diferenciándonos de otros en la sociedad en la que nos desenvolvemos.
En este concepto de identidad, confluyen diversos elementos, características, credenciales, documentos, información, datos personales, hábitos, contraseñas, que nos dan acceso a un sinnúmero de derechos, privilegios, actividades, lugares, etc. Nuestra identidad de alguna manera marca y define nuestro lugar en el mundo . Y a veces esta identidad digital no se corresponde con la real, simplemente por el hecho consistente en que cada cual quiere mostrar lo mejor de sí mismo, con lo que de aquí surge lo que se ha venido a denominar e-reputación.
Se puede afirmar, igualmente, que la identidad digital constituye la huella que cada usuario de Internet deja en la red, como fruto del resultado de su relación con otros usuarios también conectados en la propia red, o mediante la generación de contenidos en cualquiera de sus modalidades.
Y que la misma constituye una paradoja de elementos que pueden a su vez servir como identificadores y herramientas para anonimizar; es decir, que mientras algunas personas físicas o morales aprovechan estos elementos de individualización para ser reconocidas como tal, o bien, trasladar su identidad real o corporativa a un entorno digital, otras personas, sobre todo físicas, aprovecharan estos elementos para distraerlos de su identidad habitual y de alguna manera gozar de un cierto nivel de anonimato.
Se hace preciso, por tanto, buscar nuevas fórmulas que garanticen la certeza de la identidad digital de la persona. Nuevas técnicas como Blockchain, entre otras nuevas manifestaciones del desarrollo, necesitan dar un paso adelante con relación al aseguramiento de la identidad digital de los usuarios que se relacionan con esta nueva técnica.
Recientemente ha sido presentada en sociedad una nueva APP, cuya finalidad primordial es verificar la identidad y la autenticación de la identidad digital de la persona. Dicha nueva APP se llama “UMANID”, y constituye de manera evidente un paso adelante en el intento de verificar dicha identidad digital dotándole de seguridad jurídica, actuando en la verificación de la misma como un tercero de confianza y garantizando, en todo caso, la certeza de dicha identidad digital.
Probablemente lo más novedoso de esta nueva aplicación consiste en que con independencia del nombre digital o “nick” utilizado por el usuario, los registros de carácter biométricos que se llevan a cabo de cada persona, imposibilitan que mediante su utilización exista una posibilidad de suplantación de identidad, pues se certifica que quien dice ser quien es, lo es efectivamente.
El aseguramiento y la autenticación de la identidad digital de una persona, es un paso adelante en la necesidad de dotar de previsibilidad y seguridad a toda clase de contratos o actos jurídicos en red, entre los que cabe incluir específicamente los llamados “Smart Legal Contract”, evitando como un efecto directo y frontal la posibilidad de la existencia de fraude, lo que redundará a buen seguro en la expansión de estas nuevas tecnologías, tan necesitadas de seguridad jurídica y de regulación.